Residencial
ARA DE BOLTAÑA.
Boltaña (Huesca)
(en construcción)
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PROMOTOR: GRUPO INMOBILIARIO MONASTERIO DE BOLTAÑA, S. L. Empresa constituida el 6 de septiembre de 2004, ante el notario D. Jesús Martínez Cortés. Su domicilio social está en la C/ Afueras, s/n, 22340 de Boltaña. Inscrita en el Registro Mercantil de Huesca, tomo 509, libro 0, folio 7, hoja HU-7669, inscripción 1ª. CIF B-22288310.
ARQUITECTOS:
Dª Aranzazu Fernández Vázquez.
D. Francisco Javier Ramos Olmedo
ARQUITECTO TÉCNICO:
: D. Javier Calderón Zudaire Dª Jessica Sebastián Tabuenca
DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO:
La actuación se sitúa en la parcela R-1 de la UE-B15 de Boltaña (Huesca). La primera fase consta de 34 viviendas de 2 y 3 dormitorios, muchas de ellas con aseo, baño y vestidor en el dormitorio principal. Las terrazas oscilan entre los 4 y los 26 m2. Los apartamentos se distribuyen en 3 plantas y 4 escaleras, con un ascensor por escalera y acceso desde planta 3ª a planta sótano. La planta calle está destinada a locales comerciales y la planta sótano tiene 44 garajes y 34 trasteros.
La urbanización posee zonas comunes, amplias zonas peatonales, zonas verdes, zonas de juegos infantiles y paseo en la orilla del río Ara. También cuenta con piscina comunitaria. Residencial Ara de Boltaña está situado a menos de 50 m del Hotel Spa Monasterio de Boltaña.
Fecha prevista entrega: Invierno 2010
Fase actual: En Construcción
SSE TENDRÁ A DISPOSICIÓN DEL PÚBLICO LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
- Contrato de compra-venta: condiciones generales y especiales.
- Escritura de Obra Nueva y Constitución en régimen
de propiedad horizontal donde figura:
- Constitución de la sociedad y poderes.
- Propiedad del solar y datos registrales. Servidumbres.
- Descripción y datos registrales de la vivienda.
- Estatutos y normas de funcionamiento de la comunidad de
propietarios.
- Escritura de préstamo hipotecario: cantidad,
tipo, interés, amortización, etc.
- Licencia de obras concedida por el Ayuntamiento.
- Certificado del Arquitecto, ratificando que la declaración
de Obra Nueva se ajusta al proyecto aprobado para el que se obtuvo licencia.
- Descripción del edificio y su ubicación.
- Plano de la vivienda, superficie y ubicación
en el bloque.
- Planos de instalaciones: Electricidad, gas, fontanería,
prevención incendios, etc.
- Aval de cantidades entregadas a cuenta de la compra.
- Póliza seguro decenal según Ley 38/99,
en su caso.
- Memoria de calidades de materiales empleados.
- Nota explicativa de gastos de titulación y tributos.
- Evacuación del edificio y manual sobre uso y
mantenimiento de la vivienda. |
NOTA EXPLICATIVA GENERAL
I.- Relación de gastos de titulación y tributos para el comprador, no incluidos en el precio:
- Compra-ventas sujetas al IVA: El vigente. Actualmente el 7 %.
IMPORTANTE: Las plazas de garaje cuando se compran independientes, están sujetas al 16 % de IVA.
- Compra-ventas sujetas al Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales: El vigente. Actualmente el general: 7 %.
En ambos casos:
- Actos Jurídicos Documentados: 1%, en su caso.
- Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, en su caso.
- Honorarios de Notario y Registro de la Propiedad.
- Impuesto de Bienes Inmuebles.
II.- El comprador no soportará los gastos derivados de la titulación que legalmente correspondan al vendedor.
III.- Artículos 1.279 y 1.280 del Código Civil:
- Articulo 1.279: Si la Ley exigiere el otorgamiento de escritura u otra fórmula especial para hacer efectivas las obligaciones propias de un contrato, los contratantes podrán compelerse recíprocamente a llenar aquella forma desde que hubiese intervenido el consentimiento y demás requisitos necesarios para su validez.
- Articulo 1.280: Deberán constar en documento público: 1º Los actos y contratos que tengan por objeto la creación trasmisión, modificación o extinción de derechos reales sobre bienes inmuebles. 2º ..../
IV- La elección de Notario corresponde al consumidor, sin que éste pueda imponer Notario que, por su competencia territorial carezca de conexión razonable con alguno de los elementos del negocio.
V.- Artículo 3º de la Ley 57/68 de 27 de Julio:
- Expirado el plazo de iniciación de las obras o de la entrega de la vivienda sin que una cosa u otra hubiesen tenido lugar, el cesionario podrá optar entre la rescisión del contrato con devolución de las cantidades entregadas a cuenta, incrementadas con el 6 % de interés anual, o conceder al cedente prórroga, que se hará constar en una cláusula adicional del contrato otorgado, especificando el nuevo periodo con la fecha de terminación de la construcción y la entrega de la vivienda. El contrato de seguro o el aval unido al documento fehaciente en que se acredite la no iniciación de las obras o entrega de la vivienda tendrá carácter ejecutivo a los efectos prevenidos en el título XV del libro II de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para exigir al asegurador o avalista la entrega de las cantidades a que el cesionario tuviera derecho, de acuerdo con lo establecido en esta Ley. Lo dispuesto e los párrafos anteriores se entiende sin perjuicio de los demás derechos que puedan corresponder al cesionario con arreglo a la legislación vigente.
PRECIO
| - Vivienda: Es. .. Pta. .. Tipo .. |
......€ + IVA .... = ...... |
| - Garaje nº ......... |
......€ + IVA .... = ...... |
| - Trastero nº ....... |
......€ + IVA .... = ...... |
| - Otros: |
......€ + IVA .... = ...... |
| TOTAL |
......€ + IVA .... = ...... |
FORMA DE PAGO
| - A la firma del contrato |
........€ |
| - ......Plazos de ...........€ cada uno |
........€ |
| - Préstamo hipotecario a subrogar |
........€ |
| - A llaves: IVA de la hipoteca |
........€ |
| TOTAL |
........€ |
- Cualquier cantidad entregada a cuenta por el adquirente se deducirá del importe total al
formalizar la operación. Honorarios de Agencia incluidos en el precio.
- Vigencia de este precio: 15 días. Fecha: ..............
- Inscripción Registro:........... Tomo......, Libro........, Folio ...... Finca .........
- GARANTÍAS : Si al otorgamiento de escritura pública de compra-venta quedaran
cantidades aplazadas, se constituirá clausula resolutoria.
CRÉDITO HIPOTECARIO
- Notario ................................................ Fecha .....................
Inscripción Registro: .....................Tomo........., Libro......., Folio ............ Finca .............
Tipo de interés ..................T.A.E. Plazo de amortización .............. años.
Entidad .............................................................
- Aval de las cantidades entregadas a cuenta:
Compañía: .....................
- Toda la información requerida por el R. D. 515/1989 de 21 abril se halla a disposición
del público en el domicilio de la empresa promotora.
PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS
A 25 años. Cuota por millón y mes. |
| Interés |
€uros/mes |
Pesetas/mes |
| 3,-% |
28,50€ |
4.742 |
| 3,5% |
30,09€ |
5.006 |
| 4,-% |
31,72€ |
5.278 |
| 4,5% |
33,40€ |
5.558 |
| 5,-% |
35,14€ |
5.846 |
| 5,5% |
36,91€ |
6.141 |
| 6,-% |
38,72€ |
6.443 |
| 6,5% |
40,58€ |
6.752 |
| 7,-% |
42,48€ |
7.068 |
| 7,5% |
44,41€ |
7.389 |
|