Kasares
de Sesué VI.
Benasque (Huesca)
(en construcción)
 |
PROMOTOR: INGENIERIA DE
PROYECTOS, REFORMAS E INSTALACIONES, S.L. (IPRI, S.L.).
Empresa constituída el 18 de mayo de 1994 ante el Notario
de Barcelona D. Alberto Llobell Muedra. Su domicilio está
en Barcelona, calle Provençals, 112. Inscrita en el Registro
Mercantil de Barcelona, Tomo 27.093, Folio 24, Hoja B113528,
Inscripción 7ª. CIF B-60575917. La actividad principal
de la empresa es la promoción de viviendas.
CONSTRUCTOR: Construcciones
Bolumar S.L.
ARQUITECTO: D. Augusto Mora
Pueyo
ARQUITECTO TÉCNICO:
D. José María Montoliu Larrull
DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO:
Edificio situado en el municipio de Sesué compuesto
de 12 viviendas con garajes y trasteros.
En la planta sótano se ubican los garajes y en la planta baja, 1ª y 2ª se ubican
las viviendas siguiendo la siguiente distribución: dos dormitorios con armarios empotrados,
baño, aseo, salón con chimenea y cocina independiente.
· Planta Baja: 4 viviendas con jardines. Las dos viviendas laterales tienen jardín
a las tres fachadas y las dos centrales tienen jardín a la fachada principal y a la
trasera. Entrada directa desde la calle.
· Planta Primera: Viviendas con salida a la terraza desde el salón
· Planta Segunda: Viviendas abuhardilladas con balcones.
FECHA PREVISTA ENTREGA EDIFICIO:
Primavera 2008
ESTADO ACTUAL: En construcción
SE ENCUENTRAN A DISPOSICIÓN DEL PUBLICO Y SE ADJUNTAN
A LA FIRMA DE CONTRATO COPIAS DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
- Contrato de compra-venta: condiciones generales y especiales.
- Escritura de Obra Nueva y Constitución en régimen
de propiedad horizontal donde figura:
· Constitución de la sociedad y poderes.
· Propiedad del solar y datos registrales. Servidumbres.
· Descripción y datos registrales de la vivienda.
· Estatutos y normas de funcionamiento de la comunidad de propietarios.
- Escritura de préstamo hipotecario: cantidad,
tipo, interés, amortización, etc. etc.
- Licencia de obras concedida por el Ayuntamiento.
- Certificado del Arquitecto, ratificando que la declaración
de Obra Nueva se ajusta al proyecto aprobado para el que se obtuvo licencia.
- Descripción del edificio y su ubicación.
- Plano de la vivienda, superficie y ubicación
en el bloque.
- Planos de instalaciones: Electricidad, gas, fontanería,
prevención incendios, etc.
- Aval de cantidades entregadas a cuenta de la compra.
- Póliza seguro decenal según Ley 38/99,
en su caso.
- Memoria de calidades de materiales empleados.
- Nota explicativa de gastos de titulación y tributos.
- Evacuación del edificio y manual sobre uso y
mantenimiento de la vivienda. |
NOTA EXPLICATIVA GENERAL
I.- Relación de gastos de titulación y tributos para el comprador, no incluidos en el precio:
- Compra-ventas sujetas al IVA: El vigente. Actualmente el 7 %.
IMPORTANTE: Las plazas de garaje cuando se compran independientes, están sujetas al 16 % de IVA.
- Compra-ventas sujetas al Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales: El vigente. Actualmente el general: 7 %.
En ambos casos:
- Actos Jurídicos Documentados: 1%, en su caso.
- Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, en su caso.
- Honorarios de Notario y Registro de la Propiedad.
- Impuesto de Bienes Inmuebles.
II.- El comprador no soportará los gastos derivados de la titulación que legalmente correspondan al vendedor.
III.- Artículos 1.279 y 1.280 del Código Civil:
- Articulo 1.279: Si la Ley exigiere el otorgamiento de escritura u otra fórmula especial para hacer efectivas las obligaciones propias de un contrato, los contratantes podrán compelerse recíprocamente a llenar aquella forma desde que hubiese intervenido el consentimiento y demás requisitos necesarios para su validez.
- Articulo 1.280: Deberán constar en documento público: 1º Los actos y contratos que tengan por objeto la creación trasmisión, modificación o extinción de derechos reales sobre bienes inmuebles. 2º ..../
IV- La elección de Notario corresponde al consumidor, sin que éste pueda imponer Notario que, por su competencia territorial carezca de conexión razonable con alguno de los elementos del negocio.
V.- Artículo 3º de la Ley 57/68 de 27 de Julio:
- Expirado el plazo de iniciación de las obras o de la entrega de la vivienda sin que una cosa u otra hubiesen tenido lugar, el cesionario podrá optar entre la rescisión del contrato con devolución de las cantidades entregadas a cuenta, incrementadas con el 6 % de interés anual, o conceder al cedente prórroga, que se hará constar en una cláusula adicional del contrato otorgado, especificando el nuevo periodo con la fecha de terminación de la construcción y la entrega de la vivienda. El contrato de seguro o el aval unido al documento fehaciente en que se acredite la no iniciación de las obras o entrega de la vivienda tendrá carácter ejecutivo a los efectos prevenidos en el título XV del libro II de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para exigir al asegurador o avalista la entrega de las cantidades a que el cesionario tuviera derecho, de acuerdo con lo establecido en esta Ley. Lo dispuesto e los párrafos anteriores se entiende sin perjuicio de los demás derechos que puedan corresponder al cesionario con arreglo a la legislación vigente.
PRECIO
| - Vivienda: Es. .. Pta. .. Tipo .. |
......€ + IVA .... = ...... |
| - Garaje nº ......... |
......€ + IVA .... = ...... |
| - Trastero nº ....... |
......€ + IVA .... = ...... |
| - Otros: |
......€ + IVA .... = ...... |
| TOTAL |
......€ + IVA .... = ...... |
FORMA DE PAGO
| - A la firma del contrato |
........€ |
| - ......Plazos de ...........€ cada uno |
........€ |
| - Préstamo hipotecario a subrogar |
........€ |
| - A llaves: IVA de la hipoteca |
........€ |
| TOTAL |
........€ |
- Cualquier cantidad entregada a cuenta por el adquirente se deducirá del importe total al
formalizar la operación. Honorarios de Agencia incluidos en el precio.
- Vigencia de este precio: 15 días. Fecha: ..............
- Inscripción Registro:........... Tomo......, Libro........, Folio ...... Finca .........
- GARANTÍAS : Si al otorgamiento de escritura pública de compra-venta quedaran
cantidades aplazadas, se constituirá clausula resolutoria.
CRÉDITO HIPOTECARIO
- Notario ................................................ Fecha .....................
Inscripción Registro: .....................Tomo........., Libro......., Folio ............ Finca .............
Tipo de interés ..................T.A.E. Plazo de amortización .............. años.
Entidad .............................................................
- Aval de las cantidades entregadas a cuenta:
Compañía: .....................
- Toda la información requerida por el R. D. 515/1989 de 21 abril se halla a disposición
del público en el domicilio de la empresa promotora.
PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS
A 25 años. Cuota por millón y mes. |
| Interés |
€uros/mes |
Pesetas/mes |
| 3,-% |
28,50€ |
4.742 |
| 3,5% |
30,09€ |
5.006 |
| 4,-% |
31,72€ |
5.278 |
| 4,5% |
33,40€ |
5.558 |
| 5,-% |
35,14€ |
5.846 |
| 5,5% |
36,91€ |
6.141 |
| 6,-% |
38,72€ |
6.443 |
| 6,5% |
40,58€ |
6.752 |
| 7,-% |
42,48€ |
7.068 |
| 7,5% |
44,41€ |
7.389 |
|