Edificio
Señorío de Arbe 2.
Ainsa (Huesca)
(en construcción)
PROMOTOR:
SOBRARBE SIGLO XXI, S.L., con domicilio social en Barcelona,
Calle Provençals, número 112, y con CIF número
B- 63589246. Constituida por tiempo indefinido en escritura
autorizada por el Notario de Barcelona Don Juan José
López Burniol, el día 28 de julio de 2004
y número 2669; cambiado su sistema de administración
en escritura autorizada por el Notario de Barcelona Don
Ricardo Arveras Carrasco el día 15 de septiembre
de 2004 y número 386. Inscrita en el Registro Mercantil
de Barcelona al Tomo 36803, Folio 162, Hoja B295647, Inscripción
2ª.
ARQUITECTOS:
D. Alejandro San Felipe Berna
D. Francisco Lacruz Abad
DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO:
Edificio destinado a 19 viviendas, local comercial, garajes y trasteros, situado en la parcela 3ª de la Unidad de Ejecución del Polígono 12 de Aínsa.
Consta de planta sótano, planta baja, planta primera, planta segunda, planta tercera y planta bajocubierta.
La planta sótano consta de dos plantas que se destina a garaje, trasteros e instalaciones. La planta baja se destina a local comercial y a accesos al edificio, además de un pequeño porche previo al portal. En las plantas primera, segunda y tercera encontramos cinco apartamentos por cada una de ellas, de una y dos habitaciones con uno o dos baños. En las planta bajo cubierta encontramos cuatro apartamentos de dos habitaciones con uno o dos baños.
FECHA PREVISTA ENTREGA EDIFICIO:
Primavera 2.009
ESTADO ACTUAL:
En construcción
SE TENDRÁ A DISPOSICIÓN
DEL PÚBLICO LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
- Contrato de compra-venta: condiciones generales y especiales.
- Escritura de Obra Nueva y Constitución en régimen
de propiedad horizontal donde figura:
· Constitución de la sociedad y poderes.
· Propiedad del solar y datos registrales. Servidumbres.
· Descripción y datos registrales de la vivienda.
· Estatutos y normas de funcionamiento de la comunidad
de propietarios.
- Escritura de préstamo hipotecario: cantidad, tipo,
interés, amortización, etc.
- Licencia de obras concedida por el Ayuntamiento.
- Certificado del arquitecto, ratificando que la declaración
de Obra Nueva se ajusta al proyecto aprobado para el que
se obtuvo licencia.
- Descripción del edificio y su ubicación.
- Plano de la vivienda, superficie y ubicación en
el bloque.
- Planos de instalaciones: Electricidad, gas, fontanería,
prevención incendios, etc.
- Aval de cantidades entregadas a cuenta de la compra.
- Póliza seguro decenal según Ley 38/99.
- Memoria de calidades de materiales empleados.
- Nota explicativa de gastos de titulación y tributos.
- Evacuación del edificio y manual sobre uso y mantenimiento
de la vivienda.
|
NOTA EXPLICATIVA GENERAL
I.- Relación de gastos de titulación y tributos para el comprador, no incluidos en el precio:
- Compra-ventas sujetas al IVA: El vigente. Actualmente el 7 %.
IMPORTANTE: Las plazas de garaje cuando se compran independientes, están sujetas al 16 % de IVA.
- Compra-ventas sujetas al Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales: El vigente. Actualmente el general: 7 %.
En ambos casos:
- Actos Jurídicos Documentados: 1%, en su caso.
- Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, en su caso.
- Honorarios de Notario y Registro de la Propiedad.
- Impuesto de Bienes Inmuebles.
II.- El comprador no soportará los gastos derivados de la titulación que legalmente correspondan al vendedor.
III.- Artículos 1.279 y 1.280 del Código Civil:
- Articulo 1.279: Si la Ley exigiere el otorgamiento de escritura u otra fórmula especial para hacer efectivas las obligaciones propias de un contrato, los contratantes podrán compelerse recíprocamente a llenar aquella forma desde que hubiese intervenido el consentimiento y demás requisitos necesarios para su validez.
- Articulo 1.280: Deberán constar en documento público: 1º Los actos y contratos que tengan por objeto la creación trasmisión, modificación o extinción de derechos reales sobre bienes inmuebles. 2º ..../
IV- La elección de Notario corresponde al consumidor, sin que éste pueda imponer Notario que, por su competencia territorial carezca de conexión razonable con alguno de los elementos del negocio.
V.- Artículo 3º de la Ley 57/68 de 27 de Julio:
- Expirado el plazo de iniciación de las obras o de la entrega de la vivienda sin que una cosa u otra hubiesen tenido lugar, el cesionario podrá optar entre la rescisión del contrato con devolución de las cantidades entregadas a cuenta, incrementadas con el 6 % de interés anual, o conceder al cedente prórroga, que se hará constar en una cláusula adicional del contrato otorgado, especificando el nuevo periodo con la fecha de terminación de la construcción y la entrega de la vivienda. El contrato de seguro o el aval unido al documento fehaciente en que se acredite la no iniciación de las obras o entrega de la vivienda tendrá carácter ejecutivo a los efectos prevenidos en el título XV del libro II de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para exigir al asegurador o avalista la entrega de las cantidades a que el cesionario tuviera derecho, de acuerdo con lo establecido en esta Ley. Lo dispuesto e los párrafos anteriores se entiende sin perjuicio de los demás derechos que puedan corresponder al cesionario con arreglo a la legislación vigente.
PRECIO
| - Vivienda: Es. .. Pta. .. Tipo .. |
......€ + IVA .... = ...... |
| - Garaje nº ......... |
......€ + IVA .... = ...... |
| - Trastero nº ....... |
......€ + IVA .... = ...... |
| - Otros: |
......€ + IVA .... = ...... |
| TOTAL |
......€ + IVA .... = ...... |
FORMA DE PAGO
| - A la firma del contrato |
........€ |
| - ......Plazos de ...........€ cada uno |
........€ |
| - Préstamo hipotecario a subrogar |
........€ |
| - A llaves: IVA de la hipoteca |
........€ |
| TOTAL |
........€ |
- Cualquier cantidad entregada a cuenta por el adquirente se deducirá del importe total al
formalizar la operación. Honorarios de Agencia incluidos en el precio.
- Vigencia de este precio: 15 días. Fecha: ..............
- Inscripción Registro:........... Tomo......, Libro........, Folio ...... Finca .........
- GARANTÍAS : Si al otorgamiento de escritura pública de compra-venta quedaran
cantidades aplazadas, se constituirá clausula resolutoria.
CRÉDITO HIPOTECARIO
- Notario ................................................ Fecha .....................
Inscripción Registro: .....................Tomo........., Libro......., Folio ............ Finca .............
Tipo de interés ..................T.A.E. Plazo de amortización .............. años.
Entidad .............................................................
- Aval de las cantidades entregadas a cuenta:
Compañía: .....................
- Toda la información requerida por el R. D. 515/1989 de 21 abril se halla a disposición
del público en el domicilio de la empresa promotora.
PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS
A 30 años. Cuota por millón y mes. |
| Interés |
€uros/mes |
Pesetas/mes |
| 3,-% |
25,34€ |
4.216 |
| 3,5% |
26,99€ |
4.490 |
| 4,-% |
28,69€ |
4.774 |
| 4,5% |
30,45€ |
5.067 |
| 5,-% |
32,26€ |
5.368 |
| 5,5% |
34,13€ |
5.678 |
| 6,-% |
36,04€ |
5.996 |
| 6,5% |
37,99€ |
6.321 |
| 7,-% |
39,99€ |
6.653 |
|